jueves, 3 de diciembre de 2020

Los grandes bancos españoles son los menos solventes de Europa

 Parece que todavía quiere ser tiempo de más fusiones bancarias en España. Pero pocas entidades van quedando por fusionar ya que es nuestra economía la que cuenta con el mayor grado de concentración bancaria de toda Europa.

Fusiones, que en tiempos de el casi nulo negocio prestamista debido a los bajos o incluso negativos tipos de interés, busca mejorar mediante las uniones mejorar sus balances, al tiempo que aprovechar para soltar lastre de empleados y activos improductivos.

La banca aprovecha la tecnificación de los procesos para abaratar sus costes, sin repercutir este o parte de este abaratamiento de costes a los servicios que presta a los clientes. Un ejemplo: en España, a diferencia por ejemplo de Inglaterra, la mayor parte de las entidades siguen penalizando el uso de cajeros mediante comisiones nada frugales, cuando estos cajeros tienen un coste muy reducido y sin embargo les suponen importantes ahorros de personal y medios. Otro tanto se puede decir del cierre de oficinas, sobre todo en las zonas rurales, en que la desaparición de éstas ha supuesto la desaparición de la calidez de unas personas que actuaban además de como banqueros, como asesores de otras muchas cosas más y de facilitadores de servicios en general. En todas las fusiones bancarias, los auténticos perdedores son: los empleados, los clientes y la libre competencia.

Pues bien, ni aún así las grandes entidades bancarias españolas han logrado mejorar su solvencia como pone de manifiesto el gráfico adjunto, en que a por enésima vez España cierra con el farol rojo (azul en el gráfico) el furgón de cola en muchas cosas.


Según HelpMyCash.com un comparador bancario on line, el concepto de solvencia bancaria es un indicador fundamental que nos comunica si nuestros ahorros están en peligro. Sin embargo, ¿sabemos quién enjuicia la solvencia de los bancos? ¿Qué indicadores lo demuestran? Y lo más importante, ¿cómo debemos interpretarlos?

La solvencia de un banco, junto a su liquidez y rentabilidad (otros dos conceptos básicos) aparece reflejada en el balance bancario.

Concretamente, la solvencia muestra el colchón que un banco dispone para hacer frente a las deudas asumidas. Ilustra el margen con el que la entidad juega a la hora de devolver el dinero a los proveedores o inversores ante circunstancias límite de insolvencia.

De este modo, la ratio de solvencia relaciona el capital propio que dispone la entidad en el momento del análisis con los activos ponderados por riesgo. Cuanta más baja sea la cifra de fondos propios en comparación con el total del balance de activos, menor será la seguridad de la entidad, ya que su capacidad para enfrentar deudas procedentes del riesgo asumido será muy limitada.  Para medir la solvencia de un banco debemos tener en cuenta a las agencias de calificación crediticia, algunas de ellas muy famosas como Standard & Poor's, y otros ratings.

Saber si una entidad presenta buenos índices de solvencia es relativamente sencillo. Basta con consultar las valoraciones más recientes que le han otorgado las agencias calificadoras u observar los resultados de su balance (y saber interpretarlos).

Pero, ¿a partir de qué nota debemos empezar a preocuparnos por la salud de un banco? Para regularizar el sistema bancario mundial, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, constituido por representantes de los bancos centrales más importantes del mundo, estableció las conocidas Normas de Basilea.

Estas se han trazado a lo largo de la historia en varios encuentros y han ido modificándose, añadiendo nuevas reglas. Hasta la fecha se han trazado tres acuerdos: Basilea I, en 1988, Basilea II, en 2004 y Basilea III, en 2010, motivada por la crisis financiera de 2008. Basilea IV, gestándose en la actualidad, entrará en vigor en 2022. Concretamente, la reforma de Basilea III se basó en aumentar las exigencias de reservas de capital que los bancos deben mantener, para ser más fuertes ante posibles caídas. El acuerdo establece que los bancos tienen que conservar, como mínimo, un capital total que suponga el 8% de sus activos de riesgo ponderado. También estableció ratios mínimas de liquidez y de apalancamiento, inexistentes hasta la fecha.

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